Ordenan abrir nueva carpeta por feminicidio

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-Ricardo Alexis deberá continuar su proceso en prisión

AGENCIA

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, concedió a Ricardo Alexis, conductor de Cabify acusado de asesinar a la estudiante Mara Fernanda Castilla Miranda en Puebla, un amparo para el único efecto de que el Juez de Control del fuero común deje insubsistente el auto de vinculación a proceso decretado en su contra por el delito de feminicidio, sin que eso signifique que pueda quedar en libertad, tras resolver los amparos en revisión 120/2018, 109/2018 y 93/2018.

Debido a que la acusación por feminicidio “fue incorporada posteriormente en la misma carpeta de investigación que se inició por el ilícito de privación ilegal de la libertad, lo que es contrario al artículo 109 Constitucional y al artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP)”, informó el Consejo de la Judicatura Federal.

La resolución, se detalló, precisa que si bien existe un auto de vinculación a proceso por el delito de privación ilegal de la libertad, el artículo 19 de la Carta Magna y el numeral 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales establecen que en el caso de que en la secuela del proceso apareciere que se ha cometido un delito distinto del que se persigue, deberá ser objeto de investigación separada, sin perjuicio de que puedan ser acumulados los procesos en su oportunidad.

Por lo que ordenó dictar un nuevo auto de vinculación a proceso en el que reitere las consideraciones relativas a la acreditación del aludido hecho con apariencia de delito de privación ilegal de la libertad, definido y sancionado por los artículos 299, fracción I, y 300 del Código Penal del Estado de Puebla; así como la probabilidad de que el imputado lo cometió, basado en los datos de prueba incorporados por la representación social, dado que los mismos son pertinentes y suficientes para tener por acreditados dichos extremos.