Apoya SNDIF con gastos funerarios

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-Para familiares en condición vulnerable

DE LA REDACCIÓN

El Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) difunde entre la población el programa de apoyo en gastos funerarios que otorga el Gobierno de México, a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), y que está dirigido para la población vulnerable, es de cobertura nacional y el trámite para obtener su beneficio es gratuito.

Las personas que pueden adquirir este beneficio son personas en situación de vulnerabilidad o cuyas familias sean sujetas de asistencia social, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.

Pueden acceder a este beneficio cualquier persona o institución pública que conozca de un caso, debe de enviar un correo a [email protected] con el nombre completo de la persona fallecida, de la o el solicitante, domicilio, teléfonos de contacto y descripción de los hechos o razones por las que hace la petición.

Se debe contar con el certificado o acta de defunción, y para información y orientación se debe de llamar a la línea telefónica 55 3003 22 00 extensiones 3700 y 3702, en donde una vez levantadas las restricciones por la contingencia sanitaria, las solicitudes también se podrán presentar por escrito en las oficinas de la Dirección de Atención Ciudadana del SNDIF.

Las áreas de Trabajo Social de hospitales, fiscalías de justicia e instituciones públicas y privadas de asistencia social que, conforme a sus atribuciones, tengan a cargo la tutoría social o similar de las personas en situación de vulnerabilidad, o la disposición del cuerpo de la o el fallecido, en caso de que no naya familiares, pueden solicitar el apoyo cumpliendo con requisitos como enviar la petición al correo [email protected]">atenció[email protected], con el nombre de la institución pública o privada solicitante y adjuntar la documentación que acredite la situación de vulnerabilidad de la persona fallecida.

Entre los servicios que se ofrecen se encuentra el rescate del cuerpo de la persona fallecida, traslado del cuerpo del lugar donde haya sucedido el deceso y a la agencia funeraria o, en su caso, primer traslado al domicilio donde se realizará la tanatopraxia (embalsamado básico y preparación del cuerpo con maquillaje, arreglo y vestimenta del fallecido –la vestimenta será proporcionada por la familia, incluye embalsamamiento ya sea en muerte natural o muerte legal).