Embargan al Ayuntamiento

el

-Son participaciones federales y estatales

Por María Elena Ferral

Personal del Juzgado Segundo de Primera Instancia, en materia civil, acudió al Ayuntamiento de Papantla, para notificar a las autoridades municipales el embargo de las participaciones federales y estatales, por la falta de pago en el laudo laboral con el que fueron favorecidos 17 empleados, así como la reinstalación de dos trabajadores más que fueron despedidos injustificadamente en 2011, lo anterior ante el desacato a las órdenes judiciales.

Pese a que los 17 trabajadores municipales que fueron despedidos en 2011, ganaron un laudo laboral a su favor, tras haber demandado ante las autoridades de Conciliación y Arbitraje y de que se ordenó su reinstalación y basificación como empleados del ayuntamiento; de igual forma se ordenó el pago de siete millones, trescientos cinco mil pesos; el gobierno municipal incurrió en desacato, argumentando que no contaba con recursos e incluso se negó a reinstalarlos.

Es de señalar que desde el pasado  2 de diciembre de  2015, tras haber sido despedidos en el año 2011, los trabajadores fueron reinstalados en diversas áreas del ayuntamiento, pero el 6 de enero de 2016, nuevamente fueron despedidos por el ayuntamiento, pues el alcalde Marcos Romero Sánchez  ignoró la orden judicial, a pesar de esto los 17 trabajadores continuaron presentándose a laborar en horario de ocho de la mañana a tres de la tarde, además llevan más de cuatro meses sin cobrar, argumentando que “el ayuntamiento no contaba con recursos para cubrir el adeudo” y dijo que ya no serían contratados nuevamente.

Por lo que ante la negativa de pago por parte del Ayuntamiento y una vez cumpliéndose los plazos establecidos, los trabajadores despedidos injustificadamente, a través de su abogado, solicitaron a la autoridad judicial el embargo de las participaciones federales y estatales de la actual administración, para garantizar el pago de los siete millones trescientos cinco mil pesos, que se les adeuda, esto con fundamento en lo establecido en la jurisprudencia publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación libro 23, octubre 2015, tomo 3 tesis 21 décima época, se señaló.

Los trabajadores que fueron despedidos por la pasada administración municipal, que encabezó el exalcalde Jesús Cienfuegos Meráz,  demandaron el pago puntual de los días laborados desde el 2 de diciembre de 2015 y hasta la fecha; de igual forma solicitaron el respectivo nombramiento que los acredita como empleados de base, el personal actuante de dicho Juzgado, dijo que lo anterior se llevó a cabo “con fundamento en lo establecido en los artículos 953, 954, 955 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, en virtud a la mala fe y a la alevosía que ha existido de la parte demandada”. 

Por lo que se giraron instrucciones para que “se proceda al embargo de las participaciones federales y estatales recibidas por este  ayuntamiento, en sus respectivas cuentas bancarias, contra la determinación por la que se niega anticipadamente a que procede el juicio de amparo indirecto, ya que obstaculiza la ejecución del laudo en el que se declaró la verdad legal en beneficio de una de las partes procesales, lo que se traduce en una excepción a la regla de procedencia del juicio de amparo indirecto, prevista en el artículo 107, fracción 4 de la Ley de Amparo”.