Nueva Ley de Fiscalización

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Los diputados de la LXIII Legislatura del Estado aprobaron de manera unánime el ordenamiento, que establece integrar un Sistema Estatal de Fiscalización (SEFISVER)

 

REDACCIÓN
Xalapa

 La nueva Ley de Fiscalización Superior del Estado, que acorta a menos de un año los plazos para dictaminar las cuentas públicas a partir de 2016, define las funciones e integración del Sistema Estatal de Fiscalización de Veracruz (SEFISVER) y establece medidas de apremio, como multas de 300 a 600 días de salario mínimo para quienes manejan recursos públicos, quedó aprobada por la mayoría de los diputados de la LXIII Legislatura del Estado.

 Con 37 votos a favor y dos en contra, de los diputados Ana Cristina Ledezma López y Alejandro Zairick Morante, quedó sin efecto la Ley de Fiscalización Superior, para dar paso a este nuevo ordenamiento, con el que los entes fiscalizables cumplirán una serie de obligaciones bajo un marco jurídico más claro, que consta de cuatro títulos, con sus respectivos capítulos, 144 artículos y nueve transitorios.

 

 La nueva ley establece reglas para el funcionamiento del Órgano de Fiscalización Superior del Estado (ORFIS), que en cualquier momento solicitará datos, informes o documentos necesarios para la planeación y programación de sus actividades a los entes fiscalizables, responsables solidarios o terceros.

 El Congreso del Estado podrá ordenarle que durante el ejercicio fiscal en curso requiera información y vigile la realización de obras y acciones, así como la aplicación de los recursos. Define quiénes tienen la responsabilidad de integrar cuentas públicas, y obligaciones para el desarrollo de la fiscalización superior y medidas de apremio, con multas de 300 a 600 días de salario mínimo vigente.

 El ORFIS también estudiará los programas de inversión, modificaciones presupuestales, los reportes trimestrales de avances físico-financieros y el cierre del ejercicio de los entes fiscalizables municipales, cuyos resultados informará a la Secretaría de Fiscalización del Congreso y a las contralorías internas.

 También se regula el registro, contratación, control y evaluación de los despachos externos y prestadores de servicios profesionales de auditoría, para normar su actuación y contratación. El registro que reciban del ORFIS será intransferible, improrrogable y no podrá subrogarse a favor de alguna persona física o moral.

 El SEFISVER fortalecerá la adecuada coordinación y participación de los órganos internos de control con el ORFIS, cuyo titular lo coordinará, y se integrará por los titulares de las contralorías internas de los poderes Ejecutivo y Judicial, de la Secretaría de Fiscalización del Congreso y de las contralorías de los 212 municipios, entre otros.

 Otro aspecto novedoso de esta reforma, cuya Iniciativa presentó el Diputado Francisco Garrido Sánchez, es que se incluye al Director Municipal de Obras, en la Ley Orgánica del Municipio Libre, para hacerlo responsable de cualquier irregularidad que se registre en la ejecución de las obras, u anomalías cometidas por las empresas constructoras.

 Los entes municipales entregarán al Congreso del Estado su Cuenta Pública el 31 de enero, y los demás entes fiscalizables en marzo. El ORFIS presentará su Informe del Resultado durante los primeros 15 días de octubre.

 

Para la correcta aplicación de esta nueva ley, los diputados también reformaron e hicieron adiciones a diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, y los códigos Financiero y Hacendario Municipal.