Sanciones para abuso, acoso y hostigamiento sexual
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-Resultado de la iniciativa que presentó la diputada Tanya Carola Viveros Cházaro reforma Congreso el Código Penal
DE LA REDACCIÓN
Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobaron el Dictamen que reforma el Código Penal del Estado a fin de establecer las sanciones por abuso, acoso y hostigamiento sexual a fin de coadyuvar a resolver la situación de alerta que vive la entidad para beneficio de las mujeres y niñas veracruzanas.
Durante la décima cuarta sesión ordinaria, del primer año de labores, el Pleno aprobó la reforma que prevé la imposición de uno a seis años de prisión y multa de hasta 100 días de salario mínimo a quien, sin el consentimiento de una persona mayor de 18 años y sin el propósito de llegar a la copula, ejecute en ella actos sexuales o la haga ejecutarlo.
La reforma prevé que un roce o tocamiento accidente no constituye abuso sexual.
Contempla de seis meses a tres años de prisión y multa de hasta trescientos días de salario a quien cometa el delito de acoso sexual, entendiéndose a quien con fines lascivos acose reiteradamente a una persona de cualquier sexo.
Comete el delito de hostigamiento sexual, quien, con fines lascivos, asedie a una persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica o de poder, derivada de sus relaciones laborales, docentes, domesticas, religiosas, o cualquier otra condición que implique subordinación. Para este caso se impondrán de uno a cinco años de prisión y multa de hasta 300 días de salario.
Los delitos de acoso y hostigamiento sexual se perseguirán por querella.
El Dictamen establece que uno de los más graves problemas a atender en el estado de Veracruz, es la violencia contra las mujeres, el cual afecta principalmente a los grupos vulnerables. Es por esto -indica- que la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), decretó la Alerta de Violencia de Género contra la Mujer (AVGM) en varios municipios del Estado, en los cuales se requiere acciones específicas en los municipios que cuentan con población predominantemente indígena.


