En los cargos municipales deberán ser profesionistas
DE LA REDACCIÓN
El diputado Eric Domínguez Vázquez, presidente de la Comisión Permanente de Vigilancia, presentó una iniciativa de reforma al artículo 68 de la Ley Orgánica del Municipio Libre cuyo propósito es establecer los perfiles profesionales que deberán reunir las personas en el cargo de Director de Obras Públicas, Tesorero y titular del Órgano Interno de Control (OIC), todos municipales.
Con esta modificación el titular del OIC municipal deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 73 quáter de la Ley Orgánica del Municipio Libre que son: ser veracruzano, o ciudadano mexicano con residencia en el Estado no menor de tres años, mayor de treinta años de edad, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
También, contar con título profesional legalmente expedido y cédula profesional en alguna de las áreas económicas, contables, jurídicas o administrativas y contar con experiencia profesional de, cuando menos, tres años en actividades afines. Así como no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad.
En la iniciativa se prevé que para ocupar el cargo de Director de Obras Públicas se deberá contar con título profesional legalmente expedido y cédula profesional en arquitectura o ingeniería, esta última relacionada con la materia de construcción. En el caso del Tesorero Municipal, deberá de contar con título legalmente expedido y cédula profesional en algunas de las áreas económicas, contables, jurídicas o administrativas.
Los candidatos a ocupar los cargos de Tesorero Municipal y Director de Obras Públicas, deberán acreditar contar con experiencia probada, de cuando menos tres años.
En su exposición en tribuna, durante la cuarta sesión ordinaria, el legislador Domínguez Vázquez subrayó que del análisis realizado por el Órgano de Fiscalización Superior del Estado (Orfis), contenido en el Informe General de Resultado de la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2017 y 2018, establece que, la falta de profesionalización de los servidores públicos municipales, constituye un área de riesgo, pues la falta de perfiles académicos en los puestos operativos claves, imposibilitan la mejora de la gestión administrativa y técnica.
Además –agregó- que la inexperiencia en la administración pública y de temas específicos conlleva a omisiones y falta de capacidad en la toma de decisiones, lo cual, trae como consecuencia la afectación al erario público.