IVAI no puede actuar contra reparadoras de créditos

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-Cualquier queja es ante el INAI

Por Yhadira Paredes

El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales no puede intervenir en el caso de las casas reparadoras de créditos que obtienen números telefónicos y nombres de deudores, quienes reciben las llamadas para ofrecer los servicios, toda vez que se trata de empresas privadas.

Así lo aclaró la presidenta del IVAI, Naldy Patricia Rodríguez Lagunes, quien destacó que lo que sí se puede hacer es brindar orientación a aquellas personas que tengan una queja al respecto por la presunta vulneración de sus datos personales.

“Se trata de empresas privadas, en este caso la intervención podría ser de manera directa y podrían presentar una denuncia, cada titular de los datos personas que se pudiera ver afectado pueden presentarla, no puede ser presencial, puede ser electrónica al Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI)”.

Y es que, recordó, ellos están regidos por la Ley General de Protección de Datos Personales, ya que el IVAI solo tendrían injerencia en lo que son instituciones públicas a nivel estatal, el Poder Ejecutivo, Legislativo, Ayuntamientos, Organismos Públicos Descentralizados y Organismos Autónomos como Derechos Humanos y Fiscalía General del Estado.

“Pero sí podríamos dar una asesoría, si llega un afectado o en este caso el Barzón Resistencia Civil de Veracruz, acompañamiento para que pudieran poner las denuncias ante el INAI”.

Hay que señalar que hace unos días la representante legal del Barzón, Teresa Carbajal, alertó sobre la operación de las reparadoras de crédito, las cuales obtienen datos personales de los deudores de la banca, como son nombre y número telefónico privado.

En ese sentido, Naldy Rodríguez hizo un llamado a la ciudadanía a que antes de firmar o hacer cualquier convenio deben revisar el aviso de privacidad, donde digan que van a recabar datos personales, qué ley o qué artículos están fundamentando que puedan o tengan autorización para recabar esos datos personales.

Además se debe especificar cuál será la utilidad que le darán a esos datos personas y garantizar que no harán la transferencia de los mismos a empresas privadas o instituciones públicas nacionales o internacionales.

"Ahí sí es motivo de denuncia, se puede investigar y de ser así, se pueden establecer las medidas de apremio o sanción que establece la Ley de Datos Personales”, dijo.