Sólo revisaran el artículo 32 que veto el presidente: PRI
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AGENCIA
En el periodo extraordinario que se plantea para el 5 de julio, el Congreso de la Unión no puede revisar nada más allá del artículo 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas que vetó el presidente Enrique Peña Nieto por lo cual se tiene que concentrar en ese articulado que generó polémica al obligar a todo particular que tuviera tratos con el gobierno a presentar sus declaraciones fiscal, patrimonial y de intereses.
“No podríamos hacer otra revisión. Lo que se está diciendo (el presidente Peña Nieto) es “observo esto y esta es mi propuesta, es la constitucionalidad”, explicó el presidente de la comisión de puntos constitucionales del Senado, Enrique Burgos.
Ello ante la insistencia del PRD y un sector del PAN de buscar modificar también al artículo 29 de esa ley que se refiere al tipo de formatos que serán utilizados por los servidores públicos para hacer su 3 de 3 donde el servidor público tiene la facultad de aprobar o no el que se publicite de manera total sus declaraciones patrimonial, fiscal y de intereses.
Burgos García, consideró que ya no es posible abordar en el periodo extraordinario propuesto por el presidente Enrique Peña Nieto, la redacción del artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y el Congreso de la Unión se tiene que concentrar solo en el articulado que vetó el Ejecutivo.
Recordó que el artículo 72 Constitucional que establece la facultad del Ejecutivo de enviar observaciones o “vetar” de manera total o parcial una Ley aprobada por el Congreso, establece que la revisión de ambas Cámaras deberá sujetarse únicamente a la nueva redacción enviada por el presidente de la República.
Por ello, el periodo extraordinario , será exclusivamente para revisar las observaciones hechas a 10 artículos de la Ley de Responsabilidades Administrativas, entre ellos el 32 que establece la obligatoriedad para que aquellos particulares o personas morales que tengan contratos o ejerzan dinero público, hagan públicas sus declaraciones patrimoniales y de intereses.
“En mi percepción, la oportunidad de revisión de lo aprobado por ambas Cámaras se restringe las observaciones puntuales hechas por el Presidente de la República. Eso es lo que yo desprendo, en opinión particular, del contenido del artículo 72 constitucional, son discutibles o analizables las percepciones, observaciones y comentarios que ha hecho el Ejecutivo Federal en uso de una facultad constitucional”, explicó el senador queretano
El legislador del PRI consideró que las propuestas que hizo el presidente al Congreso “son puntuales y con mucho sustento”.
Consideró que las observaciones enviadas por el Ejecutivo deberán ser aprobadas por las dos terceras partes del Pleno tanto del Senado como de la Cámara de Diputados. Dijo que hasta el momento no hay precedente de que en las propuestas enviadas por el Ejecutivo, se agreguen otros temas que no fueron el objeto de una nueva revisión.
“Lo que está aprobado ya y no es objeto de revisión, no puede ir más allá. Solamente será discutible y opinable lo que está observado por el Presidente de la República”, recalcó.


