Avala Corte 'chatarra' en universidades

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AGENCIA

La Suprema Corte de Justicia se dispone a declarar inconstitucional la prohibición para vender alimentos chatarra en las instituciones de educación superior, por violar el derecho humano de libertad de comercio.

El 7 de enero, la segunda sala aprobará un proyecto que ampara a una embotelladora de Coca Cola contra el artículo 24 bis de la Ley General de Salud y contra los lineamientos de mayo de 2014 que establecieron reglas para el expendio en escuelas de todos los niveles de alimentos y bebidas preparadas y procesadas.

El pasado 17 de agosto, el Ministro Fernando Franco había presentado un proyecto que negaba el amparo, mismo que fue desechado por sus cuatro colegas de la sala, por lo que el nuevo proyecto retoma el criterio de la mayoría y protege a la empresa Embotelladora del Fuerte, que opera en Baja California y también distribuye productos de Jugos del Valle.

"La actividad que realiza la empresa quejosa no está prohibida constitucional ni legalmente, porque los objetos que comercializa son lícitos y porque quien los adquiere en las escuelas superiores de educación son mayores de edad que gozan de libertad para elegir los productos que consume, siempre que éstos sean lícitos", indica. 

Aceptar la prohibición planteada en los lineamientos de las secretarías de Salud y Educación Pública, advierte, puede llevar a pensar que la embotelladora "tiene un negocio turbio y al margen de la ley, que comercia con mercancías prohibidas".

El artículo 24 bis señala que "toda escuela" deberá sujetarse a los lineamientos de la SEP sobre alimentos y bebidas preparados y procesados, sin distinguir entre grado académico.

Los lineamientos, en tanto, solo permiten bebidas con hasta 10 kilocalorías por porción de 205 mililitros o jugos 100 por ciento naturales en escuelas secundarias, media superiores y superiores.