Peña impugna artículos de Ley Telecom

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-Enrique Peña Nieto interpuso una controversia constitucional en contra de 8 artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones al argumentar que invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República

AGENCIA

El presidente de México, Enrique Peña Nieto, interpuso una controversia constitucional en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión referidos a los derechos de las audiencias.

El Gobierno argumentó que esos artículos invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República, por lo que se está solicitando que se declaren inválidos los lineamientos generales del regulador Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), por tener un vicio de origen.

"Estos lineamientos sobre la defensa de las audiencias constituyen el primer acto de aplicación de ocho artículos de la ley que hoy son controvertidos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación", explicó el consejero jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos, en conferencia de prensa.

"El vicio es de origen porque la ley no le debió dar facultades al IFT para regular el derecho de las audiencias", agregó.

Acompañado por el vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez, explicó que la autoridad demandada es el Congreso de la Unión, al establecer en la Ley que el IFT puede emitir los lineamientos generales.

Dijo que la publicación de los lineamientos generales constituye el primer acto de aplicación de esta Ley, y que la Constitución no le otorga al Instituto la atribución para regular los derechos de las audiencias, que al ser un derecho humano le corresponde al Ejecutivo.

En el recurso interpuesto este martes ante el máximo tribunal del país se solicita que se declaren inválidos los Lineamientos Generales emitidos por el IFT, explicó Castillejos Cervantes.

Afirmó que el presidente Peña Nieto respeta y reconoce el trabajo del Congreso de la Unión y el IFT, pero ello, no impide que acuda a las instituciones del país para que se haga un control de la constitucionalidad.

Respecto a los tiempos, recordó que la demanda primero tiene que ser admitida por algún ministro y se debe notificar a las partes demandadas, para que posteriormente se presente un proyecto de resolución.

En este sentido, expuso que se debe esperar a que se admita la controversia para analizar si se solicita un incidente de suspensión de esta ley, que entraría en vigor el próximo 16 de febrero.