Aprueba Congreso reforma que limita pensiones y jubilaciones

el

 

8a

 

  • Nadie podrá recibir como pensión una cantidad mayor a la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo federal

Redacción

Xalapa, Ver.

El Pleno de la LXVII Legislatura del Estado de Veracruz aprobó la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona el Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas, remitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Reunidos en el Recinto Oficial de Sesiones y bajo la conducción de la presidenta de la Mesa Directiva, legisladora Naomi Edith Gómez Santos, las diputadas y los diputados de las diversas fuerzas políticas expresaron sus posicionamientos sobre esta reforma constitucional y, acto seguido, procedió la votación que dio como resultado 40 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra.

De acuerdo con el contenido de la Minuta, en cualquier caso, las jubilaciones o pensiones del personal de confianza a cargo de los organismos descentralizados, las empresas públicas del Estado, las sociedades nacionales de crédito, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales, todos del gobierno federal, así como los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, las empresas públicas y los fideicomisos públicos, de las entidades federativas y de los municipios, no deberán exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Poder Ejecutivo federal.

Quedan excluidas de lo anterior las Fuerzas Armadas, las jubilaciones o pensiones que se constituyan a partir de las aportaciones voluntarias a los sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, las jubilaciones o pensiones constituidas a partir de aportaciones sindicales en los sistemas de ahorro complementarios y la pensión no contributiva referida en el Artículo 4° de la Carta Magna.

Refiere lo establecido en el Artículo 127 en cuanto a que ninguna persona servidora pública podrá recibir remuneración por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo federal en el presupuesto correspondiente.

A partir de la vigencia de dicho decreto, todas las jubilaciones o pensiones que no estén excluidas conforme a la legislación y que se hayan otorgado con anterioridad deberán ajustarse al límite establecido en esta modificación, inclusive las que se encuentren vigentes.

Con la aprobación de la minuta respectiva, a las 15:20 horas, Veracruz se suma a las entidades como Chiapas, Tabasco, Sinaloa y Ciudad de México, que han dado su respaldo a la reforma constitucional.