Rubén Pabello - "Otra vez, la Pena de Muerte”

el

Ruben Pabello Rojas.- Nuevamente  la pena de muerte de un connacional, Ramiro Hernández Dueñas, en la Unión Americana, en el Estado de Texas, antes Coahuila-Tejas, ha removido la gran polémica acerca de los motivos y justificaciones para ejecutarla  en casos extremos, por un sistema legal cuyo titular es el Estado nacional que la aplica, en función de su potestad como depositario del monopolio de la violencia jurídica a este atribuida.

Hernández Llamas, dueño de una larga cadena de delitos graves en México, condenado a 25 años de cárcel en México, escapó de la prisión entrando indocumentado a Estados Unidos donde cometió nuevos crímenes: asesinato y violación, refrendando su peligrosidad. No se trata, por supuesto, de justificar su criminal conducta. Quien comete un desacato de tal magnitud debe pagar sus culpas sin perdón posible. 

 

Lo censurable e inaceptable es  la violación contumaz de la justicia estadounidense al no respetar  el debido proceso, violado al reo al no proporcionarle la ayuda consular a que tenía derecho, en otra la flagrante violación al Derecho Convencional, consistente en no respetar los tratados internacionales firmados donde debe acatarse la resolución de la Corte Interamericana de Justicia, que ordena detener la ejecución hasta no reponer el derecho violado por las autoridades judiciales texanas. Se impugna la forma no el fondo.

 El 22 de enero pasado, hace poco más de dos meses, fue ejecutado violando los mismos derechos otro mexicano, Edgar Tamayo en la misma prisión. Es interesante observar la conducta de la gente al arribo de los cuerpos de los ejecutados. La llegada a sus lugares de origen, provoca homenajes populares cual si se tratara de héroes que, cubiertos de gloria, regresan a la patria entre aplausos y música de mariachis lo cual hace recordar los funerales de Jorge Negrete. Quepa la desafortunada analogía.

Por otra parte, secular es la discusión de si es  ética o moral, si es disuasiva o si es simplemente una forma brutal de castigar con la muerte a quien se coloca en la hipótesis que la ley penal establece para sancionar a quien, en casos específicos y trascendentales la infringen.

Siglos y más siglos tiene de aplicarse en diferentes sociedades y países. Su ejecución varía en la forma pero siempre el fin es el mismo, privar de la vida a una persona que ha violentado  alguna disposición de orden legal, previamente sancionada con esa bárbara punición. Un caso patético y dramático reciente fue la ejecución a muerte por ataque de fieras, del vicepresidente de Corea del Norte, Yang Song-Thaek, ordenada por su sobrino, Kim Jong-Un,  actual dictador de ese país asiático.

Aquí no se abordan los argumentos en que se sustenta tan irreparable pena. Se enfoca más bien a los efectos que, desde el orden jurídico internacional en que se encuadra, provoca al desatenderse por parte de un estado de la Unión Americana. Transgrede impunemente sin que exista poder suficiente que haga respetar los convenios celebrados por naciones soberanas en organismos con jurisdicción entre los diversos países firmantes.

El caso del Estado de Texas,  desobedeciendo los compromisos  vinculantes del país al cual se encuentra federado, habla de una infracción flagrante al código internacional en que está suscrita la obligación de respetar las resoluciones, que imponen  los estados miembros.

La Constitución Mexicana, en su artículo 22 dispone que “Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales”. Obviamente dentro del debido proceso penal judicial.

En los casos de Edgar Tamayo y ahora de Ramiro Hernández Llamas, al que se dio menos difusión mediática, igual que otros anteriores en que se ha ejecutado a mexicanos, no han valido las impugnaciones, ni las peticiones de clemencia, ni la aceptación de haber roto la legalidad al no observar el “debido procedimiento”, concretamente al no notificar ni permitir la defensa jurídica a que tenía derecho el condenado a la pena capital, contra la cual, ejecutada, no hay recurso que hacer vale aún en el caso de la muerte de un inocente, como ya ha sucedido.

Las reiteradas violaciones a convenios  por parte de los texanos, coloca a su gobernador, Ricky Perry, como el campeón de la aplicación de la pena capital con más de doscientas durante su mandato, lo que lo ha situado con la triste fama de ser el mayor “asesino en serie” de los funcionarios en Estados Unidos.

En aparente contradicción, el Departamento de Estado Norteamericano lamenta, impotente, la decisión del estado de Texas a pesar de recursos legales y protestas callejeras y de otras instituciones,  principalmente del Gobierno de México. Censuras y lamentos del gobierno americano que parece más una burla agregada al drama, que una verdadera medida eficaz contra lo que censura.

El Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU y la Alta representante de la Unión Europea para Asuntos Extranjeros y Política de Seguridad,  condenan la atrocidad contra convenios internacionales, cuya violación es injustificada e irreparable. El gobierno de Barak Obama rechaza el fallo, por atentar contra los Derechos Humanos. En la práctica de nada sirve esta postura del presidente americano.

El presidente Enrique Peña Nieto, remachó la enésima condena al asunto cuando dijo: “viola las obligaciones contenidas en instrumentos internacionales como la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963; la Declaración americana de Derechos y Deberes del Hombre y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York”.

En estos días está en México en visita  de Estado, François Hollande, presidente de Francia. Ello  Obliga a recordar el tema del vergonzoso affaire de Florence Cassez, donde la justicia mexicana fue lastimosamente exhibida al admitir técnicamente y corregir errores del inobservado debido procedimiento, al poner en libertad a una sentenciada a 60 años de prisión, conculcación que no rectifica la soberbia justicia texana.

 

Se restaña el diferendo internacional entre Calderón y Sarkozy. No obstante, Sufren deplorable  ridículo las altas instituciones judiciales del país y ganan, ¿Ganan?, las no siempre diáfanas relaciones diplomáticas de las dos repúblicas. Remember  1838 y 1862 del siglo XIX.