Opinión 18/2/17
Las audiencias y la libertad de expresión
Por José Fernández Santillán
El 21 de diciembre de 2016 fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Lineamientos Generales sobre Derechos de las Audiencias emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel). Estos Lineamientos contienen 68 artículos y 6 transitorios que entraron en vigor este 1 de febrero. Al leerlos, lo primero que salta a la vista es que se trata de un conjunto de ordenamientos que tratan por igual a concesionarios de distinta especie. Los hay comerciales, públicos, indígenas y comunitarios. Conviene citar el artículo 5. “Son derechos de las Audiencias del Servicio de Radiodifusión y del Servicio de Televisión y/o Audio Restringidos. Y sus fracciones IX: ‘Recibir contenidos diarios que incluyan información sobre acontecimientos de carácter político, social, cultural, deportivo y otros asuntos de interés general, nacionales e internacionales’; y X: ‘Recibir contenidos que reflejen la pluralidad ideológica, política, social y cultural y lingüística de la nación’”. Ante esto uno se pregunta: ¿tales disposiciones son para el conjunto de los concesionarios o, específicamente, para cada uno de ellos? El problema es que la mayor parte de estos lineamientos están redactados así, de manera vaga, lo cual da lugar a que la autoridad pueda actuar de manera discrecional. En Estados Unidos, por ejemplo, hay cadenas de televisión que expresan puntos de vista conservadores, como Fox, y otras más liberales, como CNN. ¿Qué ocurriría aquí con ellos?
Una de las disposiciones de los lineamientos que han causado mayor controversia es la fracción XII de ese mismo artículo: “Que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presente”. El punto es que buena parte de la dinámica, y atractivo, de los medios de comunicación es el comentario de las noticias. Todos los días nos levantamos y nos acostamos oyendo a los conductores de radio y televisión, dando y comentando noticias nacionales e internacionales con gran fluidez. Ahora, con la preocupación de que los están monitoreando, esos conductores, inhibidos y amedrentados, tienen que estar al pendiente de no transgredir los lineamientos emitidos por el Ifetel. ¿Vendrá la sanción o no? ¿Cuál es el patrón de comportamiento a seguir?
Es evidente que, con estos lineamientos, el Ifetel se extralimitó en sus funciones; está afectando los derechos constitucionales que garantizan la libertad de expresión junto con la libertad de prensa. Además, la pluralidad democrática, que costó tanto trabajo conquistar en nuestro país, también está siendo coartada.
Con una reglamentación tan farragosa, se está sobrecargando a los concesionarios de estipulaciones y trámites que los ponen en desventaja respecto de las redes sociales o de otras alternativas de comunicación que están emergiendo con las nuevas tecnologías.
No olvidemos que el liberalismo, como doctrina jurídica y política, nació para fijar límites a la autoridad pública y para favorecer la actividad de los privados. Tal es el sentido primigenio de las constituciones. Paradójicamente, ahora, una autoridad pública específica, el Ifetel, con el pretexto de proteger a las audiencias, está haciendo mella en una actividad básica de la sociedad como es el servicio concesionado de radio y televisión.
No hay que perder de vista lo que hoy está pasando en el mundo: en países donde el neopopulismo (de derecha y de izquierda) ha tomado el poder, los medios de comunicación sufren la censura o el amedrentamiento a través de diversos mecanismos. Por ejemplo, Donald Trump se ha propuesto azuzar a la prensa que no se ciñe a sus intereses argumentando que emite noticias falsas—fake news! El magnate neoyorkino ha amenazado a los medios de comunicación diciendo que va a tomar medidas represivas contra ellos. En Polonia, el hombre fuerte Jaroslaw Kaczynski ha emprendido una campaña contra los medios de comunicación disidentes, prohibiendo su circulación o emisión. Lo mismo ha sucedido en Venezuela con la prensa, radio y televisión que no goza de la simpatía de Nicolás Maduro. En el mismo tenor se ha movido el poder en países como Bolivia y Ecuador, afectando derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos y de los medios de comunicación.
Afortunadamente, aquí en México, tanto el poder Legislativo como el poder Ejecutivo han presentado querellas contra estos “lineamientos”. El 31 de enero, el Presidente del Senado, Pablo Escudero, acudió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para presentar una controversia constitucional contra tales lineamientos. Aseguró que cuenta con el respaldo de todas las bancadas en la cámara de Senadores.
Por su parte, la Presidencia de la República presentó otra controversia constitucional ante la SCJN contra 8 artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y los lineamientos emitidos por el Ifetel. Ambas controversias fueron admitidas por el Ministro Alberto Pérez Dayán.
El argumento fundamental es que el Ifetel tiene facultades, de acuerdo con el artículo 28 constitucional, para regular el sector de la radiodifusión y las telecomunicaciones; pero no para regular el derecho de las audiencias que es tema propio de los derechos humanos.
Esperemos que la SCJN entienda que este es un problema que afecta las libertades constitucionales y los límites establecidos a la autoridad pública por el Estado de derecho.