Solo cuatro palabritas se adicionaron al derecho a la vida: CA
Por Édgar Escamilla
Para el diputado local y coordinador de la bancada priista en el Congreso del Estado, Juan Nicolás Callejas Arroyo, fueron solo “cuatro palabritas” las que se adicionaron al derecho a la vida, ahora considerado a partir del momento de la concepción, pero en ningún momento se reforma el código penal, por lo que el aborto no es considerado un delito. Debe analizarse la situación de aquellos que lo realizan de manera clandestina.
De acuerdo con el legislador local, la reforma realizada en días pasados y que busca proteger la vida de los seres humanos desde el momento de la concepción, no altera en nada lo establecido en el código penal, por lo que descarta que se esté criminalizando a las mujeres que decidan recurrir a la interrupción del embarazo.
“El código penal no sanciona el aborto, no lo castiga; da el derecho de atención psicológica a la mamá que pudo haber abortado, pero había que definir la vida empieza a partir de la concepción sin alterar el estado de derecho”, dijo.
En cuanto a personas que realizan los abortos de manera clandestina, se pronunció a favor de una revisión a fondo para fincar responsabilidades, en virtud de que muchas de estas intervenciones se llevan a cabo en condiciones insalubres que ponen en mayor riesgo la vida de la mujer embarazada.
Muchas mujeres -dijo- por temor a sus padres recurren a realizarse una interrupción del embarazo de manera clandestina, lo que les ha costado la vida. “Ahí es donde debería proponer cómo combatir a los charlatanes del aborto, los que provocan muertes en las mujeres”.
El aborto en el código penal de Veracruz, puntualizó, podrá darse en casos de violación, malformación genética, o porque el embarazo ponga en peligro la vida de la madre, mientras que el código federal establece que en caso de existir un aborto, no se sancionará con cárcel, sino que en su domicilio se le brindará auxilio psicológico.


