Otegi no tuvo un juicio justo
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AGENCIA
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo concluyó que ni el líder de la izquierda separatista vasca Arnaldo Otegi ni cuatro dirigentes más que fueron juzgados y condenados en el llamado caso “Bateragune” tuvieron un juicio justo y con las debidas garantías. Todos ellos fueron condenados en 2011 a largas penas de cárcel, que ya cumplieron, bajo el argumento de que habían intentado reconstruir el aparato político del grupo armado ETA, que ya se disolvió. Con esta resolución se abre la puerta para que se anula la condena de inhabilitación hasta el año 2021 impuesta a Otegi, quien por su parte señaló que con esta sentencia España queda retratada como lo que es: “un Estado antidemocrático”.
El caso Bateragune lo asumió y desarrolló en octubre del 2009 el entonces juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, quien ordenó la detención de Otegi y de otras cinco personas: Jacinto García, Rafa Díez Usabiaba, Rufi Exteberria, Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto. En aquella época la situación política en el País Vasco está muy agitado, pero un grupo de destacados líderes vascos encabezados por Otegi decidieron iniciar un proceso para que la izquierda abertzale renunciara de forma explícita al uso de la violencia y se abriera así el camino para la disolución de ETA. Un objetivo que se lograría unos años después.
Pero el exjuez Garzón -hoy inhabilitado para ocupar el cargo al quedar probada su mala praxis en un caso de corrupción política- decidió enviar a prisión a los líderes vascos detenidos, a los que acusó de intentar reconstruir la Mesa Nacional de la ilegalizada Batasuna -que había sido proscrita por su mismo tribunal unos años antes-. Los líderes vascos fueron condenados por la Audiencia Nacional y posteriormente el Tribunal Supremo confirmó su condena, aunque rebajo ligeramente las penas. Lo que hizo inevitable su ingreso en prisión y el enclaustramiento de más de siete años en la cárcel.
Ahora, el máximo tribunal en materia de derechos humanos de Europa, dio la razón a los abogados de Otegi y de los otros acusados, en el sentido de que el tribunal que ratificó su condena mostró su parcialidad, incluida la presidenta, Ángela Murillo. Así como la parcialidad el entonces presidente del Tribunal Constitucional -que también ratificó la condena-, Francisco Pérez de los Cobos, que militó en el derechista Partido Popular (PP).
La sentencia dictada ahora no impone multas ni ninguna otra medida contra España ya que ya existe legislación interna sobre cómo deben aplicarse las sentencias de Estrasburgo. Y que se estableció en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que contempla la interposición de un recurso de revisión ante el Tribunal Supremo. Esto supondrá que Otegi puede reclamar ese derecho y que, a pesar de que ya cumplió integra su condena de cárcel, sí logre la anulación de su condena de inhabilitación para cargo público hasta el año 2021.


